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San Juan tiene nueva ley de Turismo

Por Martín Rubinetti

Tras medio siglo, los diputados de San Juan aprobaron una nueva ley de Turismo que a apunta a dinamizar a industria con nuevas miradas y organismos. La nueva norma reemplazará a la vigente 25.997 que fue establecida hace medio siglo. La sesión contó con la presencia de la ministra de Turismo y Cultura local, Claudia Grynszpan; y el secretario de Turismo, Roberto Juárez, acompañados por el sector privado.

'A través de esta aprobación unánime, se demostró una verdadera democracia tras un trabajo que se viene haciendo desde hace más de un año. Es importante también tener en cuenta que esta normativa se basó en leyes que tienen los mejores destinos del mundo y eso hace que sea una ley realmente innovadora. Fue pensada siempre en la realidad. Por eso, consideramos que la reglamentación no va a ser difícil para poder implementarla lo antes posible', precisó Grynszpan.

A través de esta ley, se crea el Consejo Provincial de Turismo con carácter consultivo y no vinculante. 'Tiene por finalidad lograr la coordinación, colaboración y cooperación entre los diferentes actores involucrados y relacionados mediante la actividad turística', explica el documento. Este espacio estará integrado por todas las entidades e instituciones provinciales legalmente constituidas, públicas y privadas de carácter empresarial y académico que estén vinculadas al turismo, como así también los representantes de los municipios turísticos declarados como tales, de acuerdo a lo establecido en esta ley.

Según preciso un alta fuente del gobierno de San Juan, 'la Ley ordena y transparenta todos los actores, servicios y organismos que intervienen en el sector', hasta incluye la regulación de las plataformas digitales nacionales e internacionales que intermedian en el turismo de la provincia.

Otro punto clave es la creación del Registro de prestadores turísticos, con una doble función: que los terceros sepan cuáles son los avalados y que haya seguridad para la contratación de prestadores, valoró Juárez. Habrá una guía de servicios y un listado de quiénes los ofrecen y para estar registrado el prestador debe tener todas las habilitaciones y seguros correspondientes. 'Esto es regular el turismo para subir en la calidad, que tengan capacitación y la documentación requerida'. La Autoridad de Aplicación debe reglamentar la forma y modo en que se deben inscribir las personas prestadoras de servicios turísticos de acuerdo a las distintas modalidades.

Otro de los puntos relevantes es el desarrollo del Fondo de Promoción Turística, que reemplaza al previsto por la Ley 268 T.

Recursos que lo integran:

- Por los aportes estatales.

- Por el 100% de las rentas de alquileres o concesiones de los bienes muebles o inmuebles del Estado Provincial afectados a la actividad turística.

- Por el producido de la explotación de vehículos de transporte terrestre, aéreo, lacustre, medios de elevación y otros del Gobierno Provincial, que estén a cargo de la Secretaría de Turismo.

- Por el producido de la comercialización de artículos regionales, artesanías y elementos de promo.

Martín Rubinetti

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